Reglamento: Summer Drink
El concurso “SUMMER DRINK” se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en el Concurso, los participantes aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los Organizadores. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los Organizadores en cualquier asunto relacionado con la Promoción.
El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas.
Asimismo, el Organizador podrá descalificar de la presente Promoción a cualquier participante o grupo de participantes que de forma deliberada (sea sistemática o no) realicen acciones que pretendan burlar o evitar el cumplimiento de lo establecido en el presente reglamento. Esta promoción está dirigida para consumidores finales y, por ende, cualquier participación en la presente promoción que no sea realizada por consumidores finales que adquieren el producto exclusivamente para su consumo y el de su grupo familiar (según se definirá más adelante), podrá ser descalificada.
1. Elegibilidad para participar: Con las excepciones que se dirán, podrán participar en esta Promoción todas las personas mayores de 18 años cumplidos que durante el plazo establecido al efecto participen en la dinámica correspondiente. Todo lo anterior en los términos especificados en este Reglamento.
Los interesados en participar deberán tener al momento del sorteo un documento de identificación válido y reconocido por el Gobierno de Costa Rica. No podrán participar las siguientes personas: a. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la Empresa Organizadora; b. Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad, funcionarios de los supermercados participante y demás proveedores involucrados en esta Promoción; c. funcionarios de cualquiera de las Empresas copatrocinadoras de esta Promoción que debido a su cargo puedan de alguna forma influir en el desarrollo de la Promoción o la asignación de los premios; y d. Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.
2. Organizador: La empresa Distribuidora La Florida, S.A. con cédula de persona jurídica número 3-101-295868 es la Organizadora del Concurso y única responsable de la misma ante cualquier tercero. Para cualquier aspecto relacionado con esta Promoción, se atenderá comunicaciones en la siguiente dirección: Edificio Corporativo Distribuidora La Florida, del portón de la Cervecería, 500 metros al sur, contiguo al depósito de materiales El Lagar, Llorente de Flores, Heredia, fax: 2437-6999, teléfono: 800-FIFCOCR.
3. Plazos: Esta Promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:
-
Plazo para participar: El plazo de participación inicia el día 01 marzo del 2023 y finaliza el día 30 de abril del 2023.
-
Fecha del sorteo: Los ganadores de la presente Promoción se elegirán por medio de un sorteo que se realizará el día 8 de Mayo del 2023. El Organizador podrá modificar las fechas del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participar en el Concurso, para no afectar las probabilidades de ganar.
-
Anuncio del ganador: Los ganadores del sorteo se anunciarán el día 15 de Mayo del 2023. El Organizador podrá cambiar la fecha de anuncio de los ganadores sin que esto afecte las probabilidades de ganar.
-
Fecha límite para reclamar el premio: Después de ser contactado por primera vez por los Organizadores o de que su nombre sea publicado conforme a lo indicado en este Reglamento, (el plazo correrá a partir del evento que ocurra primero), el mismo estará en https://brindemos.club/summerdrinks/, cada ganador potencial dispone de 30 días hábiles para apersonarse a reclamar el premio en el lugar y forma que le indique el Organizador, es decir, hasta el día 15 de Junio del 2023. Una vez vencido este plazo no tendrá derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna.
-
Forma de participar: Quien desee participar en esta Promoción deberá –dentro del plazo para participar:
-
Comprar un producto de cualquiera de las siguientes marcas_ marcas SMIRNOFF, TANQUERAY, JOHNNIE WALKER, GORDON´S, BLACK AND WHITE en uno de los puntos de venta participantes.
-
Completar el formulario en https://brindemos.club/summerdrinks/
-
Activar el número de factura.
5. Información del participante: Los Organizadores considerarán como participante de la Promoción a la persona física mayor de edad que cumpla con todos los pasos de la dinámica y cuyos datos completos consten en la base de datos del Organizador. Al registrarse, los participantes estarán obligados a brindar información veraz y exacta y garantizan que los datos que aporten son suficientes para ser localizados. El Organizador confiará en dicha información para todos los efectos de la Promoción. Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al participante implicará su descalificación. Igual consecuencia tendrá el hecho de proporcionar información falsa o inexacta. Cualquier comunicación relacionada con el Concurso se le hará según los datos consignados los cuales pueden ser actualizados por el participante cuando lo desee. Al incluir sus datos, el participante manifiesta y garantiza que cuenta con autorización suficiente para participar a título personal y disfrutar el premio.
Los participantes serán los responsables de confirmar que su información se encuentre debidamente registrada y actualizada en la base de datos del Organizador.
Cualquier disputa del participante con terceros en cuanto a la titularidad del premio será un asunto ajeno a los Organizadores, independientemente del origen o causa de la adquisición del producto, o de cualquier otro aspecto relacionado con esa o con cualquier otra transacción en la que el participante esté involucrado.
6.Premio: En esta Promoción se otorgará a quince ganadores en total (15 ganadores). La cantidad de premios se otorgan entre Walmart y MASXMENOS.
Cada ganador se llevará un kit con 1 sombrilla playa, 2 sillas de playa, 1 hielera y 2 vasos.
El Organizador no cubrirá los gastos en que incurra el ganador para hacer efectivo su premio ni para el goce y disfrute del mismo. El ganador, al firmar el recibo de su premio manifiesta su conformidad y exime de toda responsabilidad a los Organizadores. Una vez recibido el premio de conformidad, los Organizadores no responderán por cualquier daño, pérdida o menoscabo que sufra el mismo por razones que no le sean imputables al Organizador.
El ganador deberá cumplir con los demás requisitos de elegibilidad de este Reglamento, y además deberá obligarse a cumplir con las obligaciones establecidas en este Reglamento. Asimismo, el ganador deberá de firmar la hoja de liberación de responsabilidad y compromiso con el Organizador, de lo contrario no podrá disfrutar del premio.
El ganador deberá reclamar su premio en las fechas indicadas en este Reglamento (o en las que indiquen los Organizadores) y no podrá apartarse de lo dispuesto por el Organizador.
El premio es indivisible, y no podrá ser transferido. El premio no incluye los gastos personales en que incurra el ganador para hacer efectivo su premio, ni tampoco cualquier otro rubro que no esté expresamente incluido en este Reglamento. El costo de cualquier documentación que deban hacer los ganadores para poder retirar o disfrutar del premio, corre por cuenta de cada uno de ellos.
Cada ganador deberá cumplir con las leyes de Costa Rica y con las instrucciones que reciban de parte del Organizador o de quienes participen en la prestación de cualquier porción del premio. Deberá además portarse en forma respetuosa con el personal de cualquiera de las empresas que participen en el disfrute del premio. El incumplimiento de esta obligación podrá dar pie al retiro del premio y el cobro de los daños y perjuicios causados.
En el supuesto que por motivos fuera del alcance de los Organizadores se deba suspender el premio, o cualquier porción del premio, o que realizarlo constituya un riesgo inaceptable para la integridad física y/o seguridad del participante, el Organizador tendrá la opción más no la obligación de canjear los premios por otros de costo equivalente a $50 (cincuenta dólares, moneda del curso legal de los Estados Unidos).
Ningún núcleo familiar de participantes, entendiendo como tal los ascendientes y descendientes de primer grado, podrá ganar más de un premio en la presente Promoción.
En ninguna circunstancia se podrá obligar a los Organizadores a entregar más premios que los ofrecidos en la publicidad y Reglamento de esta Promoción. Si por algún motivo el Organizador no es capaz de entregar alguno de los premios a los ganadores, es posible dispensar de la entrega de dicho premio.
8. Selección del ganador: La selección de los ganadores será en forma Sorteo electrónico entre todos los participantes de la Promoción. Se realizará un sorteo donde se elegirán a los ganadores y serán publicados en https://brindemos.club/summerdrinks/. Al momento del sorteo estará presente un Notario Público a elección del Organizador, para que levante un acta en presencia de al menos dos testigos, haciendo constar la identidad de los ganadores.
El ganador potencial estará sujeto a verificación por parte del Organizador en cuanto a las condiciones de la Promoción y sus datos personales. Ninguna participación deberá considerarse como ganadora hasta tanto no se verifique la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada, y el cumplimiento de los demás requisitos de este Reglamento. Una misma persona no podrá ser ganadora de más de un premio de la presente Promoción. Cada participante podrá ser acreedor de un premio únicamente.
9. Comunicación del ganador potencial y reclamo del premio: El ganador potencial será contactado por medio de Llamada telefónica según los datos aportados por el participante. El Organizador realizará un máximo de tres intentos de localizar a cada ganador, con un lapso de una hora entre cada llamada. De cada intento se dejará constancia escrita. Si no fuese posible localizar a algún ganador potencial, se dejará constancia escrita de tal circunstancia y se procederá a dar el plazo establecido en el presente Reglamento para que los ganadores potenciales se contacten con el Organizador. Si vencido el plazo alguno de los ganadores potenciales no se contacta con el Organizador, la fecha límite de reclamo en esta promoción es al 15 de Junio del 2023, se procederá a convocar al primer suplente elegido. El Organizador hará sus mejores esfuerzos por localizar cada ganador potencial, sin que esto implique que asumen responsabilidad alguna en caso de no hallarlo.
Para reclamar efectivamente su premio, el ganador potencial deberá acudir por sus propios medios al lugar al que se le citará, y portar su cédula de identidad o cualquier otro documento oficial que acredite su identidad y que es mayor de edad. Asimismo, deberá firmar una declaración jurada de elegibilidad, y una liberación de responsabilidad en beneficio de los Organizadores.
Si un participante seleccionado no se comunica dentro del plazo indicado, si se niega a firmar la declaración jurada y liberación de responsabilidad, o si de cualquier manera incumple este Reglamento, se entenderá que renuncia a su premio. Para prever este supuesto, el Organizador elegirá el día del sorteo a un mínimo de 15 suplentes para que reciban el premio, en caso de que por cualquier motivo alguno de los ganadores potenciales seleccionados no sea elegible. El orden de las suplencias será el mismo en que fueron seleccionados, y el nombre de los suplentes no se hará público a menos que sea necesario darles un premio. Si ninguno de los suplentes anteriores cuenta con los requisitos de elegibilidad, se realizará una nueva selección de suplentes hasta obtener un posible elegible.
Para reclamar efectivamente el premio los ganadores deberán firmar una declaración jurada de elegibilidad, y una liberación de responsabilidad en beneficio de los organizadores.
Si un participante seleccionado no se comunica dentro del plazo indicado, si se niega a firmar la declaración jurada y liberación de responsabilidad, o si de cualquier manera incumple este reglamento, se entenderá que renuncia a su premio.
10. Responsabilidad del Organizador: El Organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este Reglamento y por la aplicación de este. El
ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le den al mismo. Al registrarse los participantes liberan de responsabilidad a los Organizadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta Promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la Promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la Promoción.
Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del Organizador por: a) Gastos incurridos para participar en la Promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la Promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes de los ganadores o de terceros que se ocasionen en virtud de esta Promoción o durante el disfrute del premio.
12. Suspensión de la Promoción: El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los Organizadores. La alteración de documentos e información sobre los ganadores, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio de los Organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o sus Organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
13. Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador únicamente, ningún socio puede utilizar la información. No obstante, los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte del Organizador y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el Organizador de la promoción, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa Organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.
14. Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante o ganador de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
15. Uso de datos personales: Los participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar
En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, el Organizador informa a todos los participantes de la Promoción de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en la presente Promoción.
La información contenida en la base de datos será de uso del organizador y este queda autorizado a traspasar dichos datos a la(s) empresa(s) que considere pertinentes. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritos, aceptando y consintiendo su tratamiento automatizado por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.
16. Identidad de los ganadores: Al finalizar la promoción, el nombre, número de cédula o datos de identidad de los ganadores estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado.
Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento, podrá evacuarse mediante consulta telefónica al número telefónico 800-3432627 o 800-FIFCOCR. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.
17. CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD:
La participación de los Puntos de Venta de Corporación de Supermercados Unidos, en esta Promoción es de Facilitador. Ello significa que solamente pone a disposición del Organizador los Puntos de Venta. El Organizador, formalmente declara que por la presente releva a Corporación de Supermercados Unidos, sus subsidiarias y sus cadenas de supermercados incluyendo de cualquier responsabilidad, civil, comercial, penal, laboral, frente a los participantes o de cualquier otra índole en ocasión de la promoción, asumiendo el Organizador, totalmente la responsabilidad, incluyendo pecuniaria, derivada de todos los actos relacionados con la promoción, su organización, ejecución y premiación. Este relevo aplica, independientemente del origen y de la prescripción de las acciones, a cualquier reclamo presentado contra de Corporación de Supermercados Unidos por parte de terceros en relación con la promoción y los premios. El presente relevo de responsabilidad comprende lo derivado de todo pacto o acuerdo escrito o verbal, que tenga relación con la promoción. El Organizador se hará responsable por cualquier daño o perjuicio que se produjere en relación con la promoción y los favorecidos o cualquier otro daño proveniente de cualquier etapa de la promoción y por tanto responderá por multas y/o sanciones que imponga las autoridades correspondientes, responderá judicial y extrajudicialmente por esos daños y perjuicios. En el caso de que se produjere alguno de los daños y perjuicios aquí indicados y con ello se afecte la imagen o credibilidad de cualquiera de las cadenas de supermercados de Corporación de Supermercados Unidos o la cadena de comercialización, el Organizador, se compromete, adicionalmente a lo aquí indicado, a exonerar públicamente a Corporación de Supermercados Unidos, cualesquiera de sus formatos y a la cadena de comercialización, por lo ocurrido.
SKU QUE PARTICIPAN:
ITEM
|
FAMILIA
|
MARCA
|
SAP
|
DESCRIPCIÓN
|
9605180
|
DESTILADOS
|
SMIRNOFF
|
144467
|
VODKA SMIRNOFF ROJO MEDIA BOTELLA 375ML
|
9603731
|
DESTILADOS
|
SMIRNOFF
|
123941
|
VODKA SMIRNOFF ROJO TRIPLE DESTIL 1000ML
|
9606195
|
DESTILADOS
|
GINEBRA
|
84570
|
GINEBRA TANQUERAY ESPECIAL 750ML
|
9665016
|
DESTILADOS
|
SMIRNOFF
|
123937
|
VODKA SMIRNOFF TWIST GREEN APPLE 750ML
|
70000793
|
DESTILADOS
|
GINEBRA
|
192035
|
TANQUERAY SEVILLA 700ML
|
70002574
|
DESTILADOS
|
GINEBRA
|
84572
|
TEN GIN TANQUERAY 750 ML
|
70064511
|
DESTILADOS
|
B&W
|
197105
|
WHISKY BLACK WHITE 1000ML
|
70173114
|
DESTILADOS
|
SMIRNOFF
|
192640
|
SMIRNOFF INFUSSIONS PEP LIM 750ML
|
70173115
|
DESTILADOS
|
SMIRNOFF
|
192641
|
SMIRNOFF INFUSSIONS SAND MENT 750ML
|
70032235
|
DESTILADOS
|
GINEBRA
|
123863
|
GORDONS GIN 750ML VR
|
70064358
|
DESTILADOS
|
B&W
|
196616
|
WHISKY BLACK AND WHITE 750ML
|
9605194
|
DESTILADOS
|
SMIRNOFF
|
84583
|
VODKA SMIRNORFF PREMIUM ROJO NO21 750ML
|
70152249
|
DESTILADOS
|
SMIRNOFF
|
123934
|
VODKA SMIRNOFF 200ML
|
9608176
|
DESTILADOS
|
JWBL
|
84594
|
JW BLACK LABEL WHISKY 12/750ML
|
9608967
|
DESTILADOS
|
JWBL
|
84616
|
JW BLACK LABEL WHISKY 12/1L
|
9604158
|
DESTILADOS
|
JWBL
|
123868
|
JW BLACK LABEL WHISKY 24/375ML
|
9664407
|
DESTILADOS
|
JWDOUBLEBLACK
|
124993
|
J.W.DOUBLE.B.L WHISKY 6/750ML VD
|
70043074
|
DESTILADOS
|
JWGOLDRESERVE
|
123873
|
JWGOLD RESERVE 6/750ML
|
70541765
|
DESTILADOS
|
JWGREEN
|
159978
|
JOHNNIE WALKER GREEN LABEL 6/750ML
|
9605817
|
DESTILADOS
|
JWRL
|
84617
|
JW RED LABEL WHISKY 12/1L
|
9604151
|
DESTILADOS
|
JWRL
|
123869
|
JW RED LABEL WHISKY 24/375ML
|
9605824
|
DESTILADOS
|
JWRL
|
123875
|
JW RED LABEL WHISKY 12/750ML
|
WALMART:
COD CLIENTE
|
PDV
|
60426
|
WALMART SAN SEBASTIAN
|
75480
|
WALMART HEREDIA
|
93881
|
WALMART CURRIDABAT
|
103000
|
WALMART ESCAZU
|
111301
|
WALMART GUADALUPE
|
175837
|
WALMART CARTAGO
|
306386
|
WALMART ALAJUELA
|
315549
|
WALMART TIBAS
|
337050
|
WALMART DESAMPARADOS
|
342183
|
WALMART LIBERIA
|
343352
|
WALMART LA LIMA
|
351562
|
WALMART CIUDAD QUESADA
|
353849
|
WALMART PEREZ ZELEDON
|
357416
|
WALMART HEREDIA ESTE
|
MAS X MENOS:
COD CLIENTE
|
PDV
|
51038
|
MAS X MENOS GUAPILES
|
51403
|
MAS X MENOS LIMON
|
53093
|
MAS X MENOS JACO
|
55878
|
MAS X MENOS ALAJUELA CENTRO
|
55894
|
MAS X MENOS ALAJUELA
|
60342
|
MAS X MENOS ESCAZU
|
60404
|
MAS X MENOS DESAMPARADOS
|
60416
|
MAS X MENOS PLAZA AMERICA
|
60435
|
MAS X MENOS LA GRANJA
|
60460
|
MAS X MENOS SAN GERARDO
|
60479
|
MAS X MENOS CARTAGO
|
60486
|
MAS X MENOS SABANILLA
|
60510
|
MAS X MENOS TIBAS
|
60516
|
MAS X MENOS HEREDIA
|
60522
|
MAS X MENOS CORONADO
|
60530
|
MAS X MENOS SAN PABLO
|
100616
|
MAS X MENOS SABANA
|
107946
|
MAS X MENOS PASEO DE LAS FLORES
|
107947
|
MAS X MENOS PLAZA ROHRMOSER
|
195930
|
MAS X MENOS SANTA ANA
|
198130
|
MAS X MENOS SANTO DOMINGO
|
306387
|
MAS X MENOS SAN ANTONIO DESAMPARADO
|
306388
|
MAS X MENOS BELEN
|
307500
|
MAS X MENOS TRES RIOS
|
315547
|
MAS X MENOS LINCOLN
|
315762
|
MAS X MENOS GUACHIPELIN
|
329351
|
MAS X MENOS HEREDIA SUR
|
334117
|
MAS X MENOS CIUDAD COLON
|
334469
|
MAS X MENOS SAN RAMON
|
334491
|
MAS X MENOS SAN JOAQUIN
|
335650
|
MAS X MENOS SAN PABLO NORTE
|
339647
|
MAS X MENOS BARRIO SAN JOSE
|
340372
|
MAS X MENOS SAN ISIDRO HEREDIA
|
345424
|
MAS X MENOS GRECIA
|
347707
|
MAS X MENOS GUAYABO CURRIDABAT
|
349690
|
MAS X MENOS HACIENDA VIEJA
|
353286
|
MAS X MENOS TEJAR
| |
|