Reglamento
PROMOCIÓN:
“ACCIONISTAS DE COLECCIÓN”
La Promoción “ACCIONISTAS DE COLECCIÓN” se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la Promoción, los participantes aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los Organizadores. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los Organizadores en cualquier asunto relacionado con la Promoción.
El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas.
En el marco de la presente dinámica, “Accionista de colección” se define como aquella persona titular de un Non-Fungible Token (NFT) parte de esta colección de obras de arte.
1. Elegibilidad para participar: Con las excepciones que se dirán, podrán participar en esta Promoción todas aquellas personas mayores de 18 años de edad que durante el plazo establecido al efecto participen en la dinámica digital correspondiente. Todo lo anterior en los términos especificados en este Reglamento.
Los interesados en participar deberán tener al momento del sorteo un documento de identificación válido y reconocido por el Gobierno de Costa Rica.
No podrán participar las siguientes personas: a. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la Empresa Organizadora; b. Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta Promoción; c. Funcionarios de cualquiera de las Empresas copatrocinadoras de esta Promoción que en razón de su cargo puedan de alguna forma influir en el desarrollo de la Promoción o la asignación de los premios; y d. Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.
2. Organizador: La Empresa Distribuidora La Florida S.A. con cédula de persona jurídica número 3-101-295868 es la Organizadora de la Promoción y única responsable de la misma ante cualquier tercero. Para cualquier aspecto relacionado con esta Promoción, atenderá comunicaciones en la siguiente dirección: Edificio Corporativo Distribuidora La Florida, del portón de la Cervecería, 500 metros al sur, contiguo al depósito de materiales El Lagar, Llorente de Flores, Heredia, fax: 2437-7014 dirigido al Departamento de Servicio al Cliente, teléfono: 800-FIFCOCR.
3. Plazos: Esta Promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:
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Plazo para participar: El plazo de participación es por tiempo limitado, inicia el día 10 de agosto del 2022 y finaliza el día 28 de agosto del 2022.
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Anuncio de los ganadores: Los ganadores del concurso se anunciará al público oficialmente día 29 de agosto del 2022. El Organizador podrá cambiar la fecha de anuncio de los ganadores sin que esto afecte las probabilidades de ganar.
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Fecha límite para reclamar el premio: Después de ser contactado por primera vez por los Organizadores o de que su nombre sea publicado conforme a lo indicado en este Reglamento, (el plazo correrá a partir del evento que ocurra primero), cada ganador potencial dispone de dos (2) días hábiles para apersonarse a reclamar el premio en el lugar y forma que le indique el Organizador. Una vez vencido este plazo no tendrá derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna.
4. Forma de participar: Quien desee participar en esta Promoción, deberá en su calidad de consumidor – dentro del plazo promocional – ingresar al sitio web https://nft.imperial.cr/ y registrarse de conformidad con los datos que se soliciten. Una vez registrado, el participante podrá diseñar una imagen de conformidad con las distintas opciones que el organizador elija para tal efecto. Una vez creada dicha imagen, la misma será publicada y los demás usuarios que se registren en el sitio web (sea que participen diseñando una imagen o no) podrán votar por la imagen que deseen.
Ninguna de las imágenes puede tener algún contenido ofensivo, racista, bélico, discriminatorio, o bien que promueva el delito o que atente contra la moral y las buenas costumbres, al criterio del organizador. Asimismo, no puede incluir ninguna publicidad ni marca comercial, que no sea de las distribuidas por el Organizador.
Asimismo, los participantes no podrán ofrecer ningún tipo de incentivo o beneficio a cambio de obtener votos a favor de su diseño. En caso de que el organizador detecte que un participante ofreció algún tipo de incentivo, beneficio y/o pago a cambio de votos, podrá descalificar a dicho participante. Asimismo, tampoco se permite utilizar algún mecanismo automatizado de votación. En caso de que el organizador detecte algún comportamiento inusual de votos tal como un crecimiento acelerado fuera de lo razonable de una cuenta, votos desde países donde no hay presencia de marca del organizador, creación de cuentas falsas, entre otros, podrá descalificar a dicho participante y/o anular dichos votos.
Cada usuario puede votar un máximo de 10 veces al día.
5. Territorio: La presente Promoción será válida y surtirá efectos únicamente dentro de la República de Costa Rica.
6. Información del participante: Los Organizadores considerarán como participante de la Promoción a la persona física que cree la cuenta participante y que dicha información sea válida. El Organizador confiará en dicha información para todos los efectos de la Promoción.
Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al participante implicará su descalificación. Igual consecuencia tendrá el hecho de proporcionar información falsa o inexacta. Cualquier comunicación relacionada con la Promoción se le hará según los datos consignados. Al incluir sus datos, el participante manifiesta y garantiza que cuenta con autorización suficiente para participar a título personal y disfrutar el premio.
Cualquier disputa del participante con terceros en cuanto a la titularidad del premio será un asunto ajeno a los Organizadores, independientemente del origen o causa de la adquisición del producto, o de cualquier otro aspecto relacionado con esa o con cualquier otra transacción en la que el participante esté involucrado.
7. Premios: En esta Promoción se otorgarán un total de 15 premios para 15 diferentes ganadores, que consiste cada uno de ellos en:
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Un Token no fungible o Non-Fungible Token (NFT por sus siglas en inglés) creado por el Organizador.
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¢150,000 (ciento cincuenta mil colones) en efectivo.
Si por cualquier motivo el Organizador no puede cumplir con la entrega del premio, deberá sustituir el mismo por su valor equivalente en efectivo y con ello se tendrá por cumplido el ofrecimiento y la entrega del premio. Si la falta de entrega es parcial, la sustitución será por el valor estimado del componente del premio que no fue entregado. Esta posibilidad de sustituir el premio por su valor en efectivo aplicará únicamente en caso de que el mismo no sea entregado por el Organizador. Para estos efectos, el valor total del precio es de $200 (doscientos dólares, moneda del curso legal de los Estados Unidos).
El Organizador no cubrirá los gastos en que incurra el ganador para hacer efectivo su premio ni para el goce y disfrute del mismo. El ganador, al firmar el recibo de su premio manifiesta su conformidad y exime de toda responsabilidad a los Organizadores. Una vez recibido el premio de conformidad, los Organizadores no responderán por cualquier daño, pérdida o menoscabo que sufra el mismo por razones que no le sean imputables al Organizador.
El ganador deberá reclamar su premio en las fechas indicadas en este Reglamento (o en las que indiquen los Organizadores) y no podrá apartarse de lo dispuesto por el Organizador.
El premio no incluye los gastos personales en que incurra el ganador para hacer efectivo su premio, ni tampoco cualquier otro rubro que no esté expresamente incluido en este Reglamento. El costo de cualquier documentación que deban hacer los ganadores para poder retirar o disfrutar del premio, corre por cuenta de cada uno de ellos.
Cada ganador deberá cumplir con las leyes de Costa Rica y con las instrucciones que reciban de parte del Organizador o de quienes participen en la prestación de cualquier porción del premio. Deberá además portarse en forma respetuosa con el personal de cualquiera de las empresas que participen en el disfrute del premio. El incumplimiento de esta obligación podrá dar pie al retiro del premio y el cobro de los daños y perjuicios causados.
En el supuesto que por motivos fuera del alcance de los Organizadores se deba suspender el premio, o cualquier porción del premio, o que realizarlo constituya un riesgo inaceptable para la integridad física y/o seguridad del participante, el Organizador tendrá la opción más no la obligación de canjear los premios por otros de costo equivalente a $200 (doscientos dólares, moneda del curso legal de los Estados Unidos).
El premio es indivisible, intransferible y no negociable. Para ser acreedor de un premio, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
Ningún núcleo familiar de participantes, entendiendo como tal los ascendientes y descendientes de primer grado, podrá ganar más de un premio en la presente Promoción.
Para recibir el premio que corresponde a un NFT diseñado por el Organizador (o por algún tercero que éste contrate), el ganador debe tener su propia “wallet” de criptomonedas en la red de Ethereum. En caso de que el ganador no cuente con un “wallet”, el Organizador realizará una capacitación guiada para explicar cuál es el procedimiento para crear una. La falta de cumplimiento de este requisito impide al Organizador poder entregar el premio, de manera que si el ganador no quiere proceder con la apertura de su propio “wallet”, se entenderá que el mismo renuncia a todos los premios de esta promoción y no podrá exigir indemnización alguna.
Una vez entregado el NFT al ganador, el propietario es el único y total responsable de su custodia. Para poder realizar la entrega del NFT, el potencial ganador deberá otorgar la dirección pública de su “wallet” a la hora de haber sido informado que fue favorecido. Si otorga esta dirección mal y el NFT se transfiere a otro “wallet” el usuario asumirá la responsabilidad y no podrá exigir compensación alguna al Organizador. El Organizador no solicitará información privada sobre el “wallet” del ganador, por lo que éste únicamente deberá proporcionar la dirección pública.
8. Selección de los ganadores: La selección de los ganadores se hará de conformidad con los votos que consiga cada fotografía. Los primeros 15 usuarios serán los ganadores y los demás serán suplentes en el mismo orden. En caso de empate en la última posición disponible para premio, el organizador realizará un sorteo entre los usuarios empatados para elegir al ganador. El sorteo se realizará en presencia de un Notario Público. Ninguna participación deberá considerarse como ganadora hasta tanto no se verifique la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada, y el cumplimiento de los demás requisitos de este Reglamento. Una misma persona no podrá ser ganadora de más de un premio de la presente Promoción.
9. Comunicación de los ganadores potenciales y reclamo del premio: Cada ganador potencial será comunicado por medio de correo electrónico o las redes sociales del organizador. Si no fuese posible localizar a algún ganador potencial, se dejará constancia escrita de tal circunstancia y se procederá a dar el plazo establecido en el presente Reglamento para que los ganadores potenciales se contacten con el Organizador. Si vencido el plazo alguno de los ganadores potenciales no se contacta con el Organizador, se procederá a convocar a los participantes que hayan acumulado la mayor cantidad de votos siguiente. El Organizador hará sus mejores esfuerzos por localizar cada ganador potencial, sin que esto implique que asumen responsabilidad alguna en caso de no hallarlo.
Si un participante seleccionado no se comunica dentro del plazo indicado, si se niega a firmar la declaración jurada y liberación de responsabilidad, o si de cualquier manera incumple este Reglamento, se entenderá que renuncia a su premio.
10. Derechos de imagen: El hecho de participar en la Promoción implicará el consentimiento de los participantes a que su nombre, voz e imagen sean utilizados en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios, y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que los Organizadores deseen hacer con relación a la Promoción, ya sea durante el plazo promocional o una vez vencido el mismo. Asimismo el hecho de participar en la Promoción implicará el consentimiento de los participantes a que la entrega del premio se realice al aire pudiendo transmitirse por medio de radio las conversaciones que se realicen en la entrega del premio. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante. Adicionalmente, según se ha dicho, los ganadores potenciales y sus acompañantes deberán firmar una autorización expresa para el uso de estos derechos de imagen como condición para que se les entregue el premio.
Además los ganadores de esta Promoción y sus acompañantes deberán autorizar de forma expresa al Organizador para que su imagen sea transmitida en videos, fotografías y entrevistas personales, sobre el premio, así como en la página web de la Promoción, y en cualquier otro medio de comunicación que el Organizador elija para dar a conocer al público sobre las vivencias de los ganadores y sus acompañantes, si fuere el caso. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante ni a sus acompañantes.
11. Responsabilidad del Organizador: El Organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este Reglamento y por la aplicación del mismo. El ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le den al mismo. Al registrarse los participantes liberan de responsabilidad a los Organizadores, copatrocinadores, Empresas afiliadas, y demás involucrados en esta Promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la Promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la Promoción.
Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del Organizador por: a) Gastos incurridos para participar en la Promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la Promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes de los ganadores o de terceros que se ocasionen en virtud de esta Promoción o durante el disfrute del premio.
12. Suspensión de la Promoción: El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los Organizadores. La alteración de documentos e información sobre los ganadores así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio de los Organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o sus Organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
13. Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los Organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el Organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa Organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.
14. Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. De resultar favorecido en la presente promoción, se entiende que esto es una actividad promocional del Organizador y en ningún caso se considerará como parte del salario.
15. Uso de datos personales: Los participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar. Los participantes con el solo hecho de participar aceptan y consienten que los datos facilitados al participar sean utilizados por parte del Organizador con fines promocionales y de mercadeo de sus productos.
En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, el Organizador informa a todos los participantes de la Promoción de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en la presente Promoción.
La información contenida en la base de datos será de uso del Organizador y este queda autorizado a traspasar dichos datos a la(s) empresa(s) que considere(n) pertinentes. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.
16. Identidad de los ganadores: Al finalizar la Promoción, los nombres, número de cédula o datos de identidad del ganador estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado.
17. Propiedad Intelectual: El solo hecho de participar en el concurso será interpretado por los organizadores como una manifestación y garantía de que el usuario es el creador de la imagen con la que participará.
Los participantes autorizan al organizador a hacer uso de las imágenes creadas para los fines de este concurso incluyendo publicidad y actividades de divulgación relacionados con el mismo así como utilizarlo para comercializar sus productos. Este uso incluye cualquier medio digital o no, conocido o por conocerse. Asimismo, dicha autorización es por tiempo indefinido.
El organizador será el titular único de los derechos patrimoniales del autor, incluyendo los de difusión y publicidad relacionados con los productos del organizador. Asimismo, podrá utilizar aquellos diseños incluso si no ganaron algún premio en el presente concurso
Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente Reglamento, podrá evacuarse mediante consulta telefónica al número telefónico 800-FIFCOCR. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este Reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.
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